IMPUESTOS EXTRANJEROS Y NO RESIDENTES

Impuestos extranjeros y no residentes

Toda la información contenida en este post es relativa a las regulaciones en los Estados Unidos, y todas las referencias tienen fundamento en principios de Business Law. Todo está escrito en español porque va dirigido a nuestros clientes hispanos.

Ya que el tratamiento tributario de los extranjeros residentes y los no residentes es diferente, es importante que usted determine su condición de residencia. A usted se le considera un extranjero no residente durante todo período en el que no sea ciudadano estadounidense ni extranjero residente.

A veces, un tratado tributario entre los Estados Unidos y otro país estipulará reglas especiales para determinar el estado de residencia de la persona para fines del tratado. Un extranjero cuya condición cambie de residente a no residente durante el año, o viceversa, por lo general tiene doble residencia para ese año y se le gravarán impuestos por los dos períodos, conforme a las disposiciones de la ley aplicables a cada período.

Si la fecha de vencimiento para presentar su declaración es sábado, domingo o un día feriado oficial, la fecha de vencimiento será entonces el próximo día laborable. Si no tuvo salarios sujetos a retención y presenta su declaración en base al año natural, se requiere que presente su declaración para el 15 de junio. Si la fecha de vencimiento para presentar su declaración es sábado, domingo o un día feriado oficial, la fecha de vencimiento será entonces el próximo día laborable.

Si usted es extranjero residente, tiene que seguir las mismas leyes tributarias que los ciudadanos de los Estados Unidos. Se le gravarán impuestos sobre el ingreso de toda fuente, tanto dentro como fuera de los Estados Unidos.

Sobre la autora
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Zulma Eliana Bourelly

Zulma Eliana Bourelly es la fundadora de Riveros Corp (Riveros International Business Corp, Miami, Florida). Desde 2009 acompaña a emprendedores, empresas y organizaciones religiosas y sin fines de lucro —en Estados Unidos y desde su país, sin viajar a Estados Unidos— en la constitución y el mantenimiento de sus empresas en Estados Unidos y en el cumplimiento AML/KYC. Es Florida Notary Public desde 2010, con registro estatal de Online Notary (RON); County Court Mediator certificada por la Corte Suprema de Florida; Certified Anti-Money Laundering Specialist (CAMS) por ACAMS y Certified Notary Signing Agent de la National Notary Association (NNA). Abogada titulada por la Universidad Nacional de Colombia, no licenciada para ejercer derecho en Florida ni en Estados Unidos. Escribe en español e inglés sobre constitución de empresas, cumplimiento y registros en US Jurisdiction, el blog del grupo. Atención en español, inglés e italiano. Aviso legal: NO SOY ABOGADA CON LICENCIA PARA EJERCER LA ABOGACÍA EN EL ESTADO DE FLORIDA Y NO PUEDO DAR ASESORÍA LEGAL NI ACEPTAR HONORARIOS POR ASESORÍA LEGAL. I AM NOT AN ATTORNEY LICENSED TO PRACTICE LAW IN THE STATE OF FLORIDA, AND I MAY NOT GIVE LEGAL ADVICE OR ACCEPT FEES FOR LEGAL ADVICE.

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