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La figura más elegida por emprendedores, negocios digitales y profesionales independientes de España y América Latina. Preparamos y presentamos tus Articles of Organization en Florida y te acompañamos hasta que la empresa opera de verdad. Sin que tengas que viajar a Estados Unidos.
Una LLC (Limited Liability Company) es una figura societaria estadounidense que separa tu patrimonio personal del de la empresa y deja que los socios definan por escrito, en un documento privado llamado Operating Agreement, cómo se gobierna el negocio.
Esa es la diferencia práctica con una corporación: la corporación viene con una estructura predefinida por ley —acciones, junta directiva, officers— mientras que la LLC parte casi en blanco y son sus miembros quienes escriben las reglas del juego, dentro de los límites que fija el capítulo 605 de los Estatutos de Florida.
En Florida la constituye cualquier persona: el §605.0201 habla de «one or more persons» actuando como representantes autorizados, sin exigir nacionalidad, residencia ni presencia física en el país.
No necesitas socios. Una LLC de un único miembro es perfectamente válida en Florida y es la forma habitual del freelance y del negocio digital.
La empresa responde con su propio patrimonio. Es la razón principal por la que se constituye una sociedad en lugar de operar a título personal.
Tú decides cómo se reparten decisiones y resultados, y lo dejas por escrito en el Operating Agreement.
Si te suenan, es porque son las mismas que nos llegan cada semana.
Todo el mundo repite un estado distinto como si fuera una verdad revelada, y nadie te explica qué cambia realmente en tu caso.
Mucha gente aplaza el proyecto buscando un socio que no necesita, porque cree que una LLC exige dos personas.
Suena a papeleo prescindible hasta el día en que un banco, un inversor o un desacuerdo entre socios lo pide.
Es una casilla del formulario que se marca a ciegas y que define quién puede firmar en nombre de la empresa.
El miedo real: que la empresa se caiga sola por un plazo que nadie te avisó.
Son dos caminos legales distintos y elegir mal significa rehacerlo todo.
Es el contrato privado entre los miembros de la LLC. No se presenta ante el Estado, pero es el documento al que se acude cuando algo se discute. El §605.0105 define exactamente qué puede gobernar.
Quién aporta qué, cómo se reparten los resultados y qué pasa si alguien quiere salir.
Hasta dónde llega su autoridad y de qué responde ante los demás miembros.
A qué se dedica y cómo se toman las decisiones del día a día.
Qué mayoría hace falta para cambiarlo. Sin esto, cualquier cambio futuro se atasca.
El §605.0105(3) marca límites que ningún acuerdo privado puede saltarse. Conviene conocerlos antes de firmar una plantilla descargada de internet:
Nuestra parte, con la frontera clara.
Preparamos tu Operating Agreement completando una plantilla estándar con la información que tú nos das: miembros, aportaciones, porcentajes y forma de gestión. Te explicamos en español qué dice cada cláusula antes de que firmes.
Lo que no hacemos es redactar cláusulas a medida ni aconsejarte qué reparto te conviene: eso es ejercicio del derecho y corresponde a un abogado con licencia en Florida.
Se declara al constituir la LLC (§605.0201) y determina quién puede obligar a la empresa frente a terceros. Cambiarlo después es posible, pero implica trámite.
Gestionan los propios miembros. Es lo natural cuando sois pocos y todos estáis en el negocio: cada miembro puede actuar en nombre de la empresa.
Se nombra a uno o varios managers, que pueden ser miembros o no. Encaja cuando hay socios inversores que ponen capital pero no operan el día a día.
Cuántos miembros, en qué porcentaje y con qué forma de gestión. Salimos con la decisión tomada por ti y por escrito.
Comprobamos que cumple los requisitos del §605.0112 y que no colisiona con otro ya registrado en Florida.
Con dirección física en Florida y aceptación escrita. El §605.0113(1)(b)2 permite que sea otra entidad domiciliada en el estado: podemos serlo nosotros.
Los preparamos y presentamos: nombre, domicilio principal, agente registrado y, si procede, la declaración de manager-managed.
Completamos la plantilla con tus datos y te explicamos cada cláusula antes de firmar.
EIN ante el IRS, apertura de cuenta bancaria e ITIN si te corresponde.
Aquí es donde se cae la mayoría de las empresas que se constituyen solas por internet. El Annual Report es obligatorio para toda LLC de Florida y para las extranjeras registradas, e incluye el nombre, la dirección, el FEIN y al menos una persona con autoridad de gestión (§605.0212).
Si no se presenta antes del tercer viernes de septiembre a las 17:00, el Estado disuelve administrativamente la empresa el cuarto viernes de septiembre (§605.0714).
La buena noticia: el §605.0715 permite pedir la reactivación «at any time», sin plazo límite. La solicitud la firman el agente registrado y un representante autorizado — otra razón para tener un agente registrado localizable.
Entonces no siempre hace falta crear una LLC nueva. Hay dos caminos y no son intercambiables.
Una entidad estadounidense independiente, con su propio EIN y su propia contabilidad. Es la vía habitual cuando quieres operar y facturar desde Estados Unidos.
Tu empresa extranjera se autoriza a operar en Florida. Sin ese certificado, el §605.0904(1) le impide mantener acciones judiciales en los tribunales del estado.
Dato que sorprende a mucha gente: mantener cuentas en entidades financieras no constituye por sí solo «hacer negocios» en Florida (§605.0905(1)(c)). Tener una cuenta bancaria no te obliga, por sí mismo, a registrar la empresa en el estado.
Todo lo anterior sale del capítulo 605 de los Estatutos de Florida. Puedes comprobarlo.
Cualquier persona puede formar una LLC en Florida como representante autorizado, sin requisito de nacionalidad ni residencia.
El Operating Agreement gobierna las relaciones entre miembros, los deberes del manager, la actividad y su propia modificación.
El agente registrado puede ser otra entidad domiciliada en Florida, con aceptación escrita.
El Annual Report debe declarar al menos una persona con autoridad de gestión.
La reactivación de una LLC disuelta puede pedirse en cualquier momento.
Mantener cuentas bancarias no constituye por sí solo «hacer negocios» en el estado.
Una LLC (Limited Liability Company) es una figura societaria estadounidense que separa el patrimonio personal de sus miembros del de la empresa y permite que sean ellos quienes definan por escrito cómo se gobierna el negocio, en un documento privado llamado Operating Agreement.
Sí. El §605.0201 de los Estatutos de Florida permite que «one or more persons» actúen como representantes autorizados para formar la compañía, sin exigir ciudadanía, residencia ni presencia física en el país.
Puedes tú solo. Una LLC de un único miembro es plenamente válida en Florida y es la forma más habitual en negocios digitales y actividad profesional independiente.
No para constituirla. La presentación de los Articles of Organization ante el Estado no requiere número de seguridad social. El EIN ante el IRS y, si te corresponde, el ITIN, son pasos posteriores de la puesta en marcha.
Es el acuerdo privado entre los miembros y no se presenta ante el Estado. El §605.0105 establece que gobierna las relaciones entre miembros, los deberes del manager, la actividad de la compañía y su propia modificación. Aunque seas el único miembro, es el documento que bancos e inversores piden para entender quién controla la empresa.
En una LLC member-managed gestionan los propios miembros y cada uno puede actuar en nombre de la empresa. En una manager-managed se nombra a uno o varios managers, que pueden no ser miembros; encaja cuando hay socios que aportan capital pero no operan. Se declara al constituir (§605.0201).
La corporación viene con una estructura predefinida por ley —acciones, directores y officers, gobernada por sus Bylaws (§607.0206)— mientras que la LLC parte de una hoja casi en blanco que completan sus miembros. Cuál te conviene depende de tu caso: te damos la información y la decisión es tuya.
Sí, el Annual Report. Es obligatorio para toda LLC de Florida y para las extranjeras registradas, e incluye nombre, dirección, FEIN y al menos una persona con autoridad de gestión (§605.0212).
Si no se presenta antes del tercer viernes de septiembre a las 17:00, el Estado disuelve administrativamente la empresa el cuarto viernes de septiembre (§605.0714). El §605.0715 permite pedir la reactivación en cualquier momento, firmada por el agente registrado y un representante autorizado.
Son dos caminos distintos. Puedes constituir una LLC nueva en Florida, que será una entidad estadounidense independiente, o registrar tu empresa extranjera mediante un Certificate of Authority. Sin ese certificado, el §605.0904(1) impide a la empresa extranjera mantener acciones judiciales en los tribunales de Florida.
No por sí solo. El §605.0905(1)(c) establece expresamente que mantener cuentas en entidades financieras no constituye «hacer negocios» en el estado. Operar sí es otra cosa, y ahí sí hace falta el Certificate of Authority.
Te explicamos con detalle cómo funciona cada figura y qué obligaciones trae, para que decidas con criterio. Lo que no hacemos es elegir por ti el tipo societario ni redactar documentos a medida: eso es ejercicio del derecho y corresponde a un abogado con licencia en Florida.
Cuéntanos qué vas a montar y en qué punto estás. Te explicamos las opciones en español y te decimos con claridad qué implica cada una.
o llámanos al +1 305 647 3000 · Lunes a viernes
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C-Corp y S-Corp: estructura por acciones, directores y Bylaws.
Fundaciones, asociaciones y ministerios religiosos.
La figura para profesionales con licencia en Florida.
EIN, ITIN, agente registrado, banco y reporte anual.