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BOI Report: qué queda en pie en 2026

Durante dos años el informe de beneficiarios finales fue la obligación que asustaba a todo el mundo. El 11 de agosto de 2026 FinCEN publicó la regla final que la elimina de forma permanente para las empresas y las personas estadounidenses. Sigue viva, pero para muchos menos.

La respuesta corta

Si tu empresa se creó en Estados Unidos, ya no reportas

La nota oficial de FinCEN del 11 de agosto de 2026 lo dice sin matices: la regla final «permanently removes the requirement for U.S. companies and U.S. persons to report beneficial ownership information to FinCEN under the Corporate Transparency Act». La regla es efectiva desde su publicación en el Federal Register.

FinCEN anunció además que borrará de la base de datos la información ya reportada por personas estadounidenses, que han quedado exentas. Si tu LLC o tu corporación se constituyó en Florida —o en cualquier otro estado—, esta obligación dejó de aplicarte.

Quién sigue obligado

Solo un perfil de empresa

La regla final mantiene la figura de reporting company, pero la reduce a un supuesto muy concreto. Tienen que cumplirse las dos condiciones a la vez.

1 · Constituida fuera de Estados Unidos

La entidad se formó bajo la ley de un país extranjero. No basta con que los socios sean extranjeros: lo determinante es dónde nació la empresa.

2 · Registrada para operar en EE. UU.

Se ha registrado para hacer negocios en un estado o jurisdicción tribal presentando un documento ante el secretary of state u oficina similar. En Florida, eso es el Certificate of Authority.

Aun cumpliendo las dos, hay varios tipos de entidad exentos. La propia guía de FinCEN advierte de que las entidades extranjeras que puedan encajar en la definición deben revisar con cuidado los criterios antes de concluir que están obligadas. Eso es exactamente lo primero que hacemos nosotros.

El detalle que cambia el trámite

Ni siquiera las obligadas reportan a sus socios estadounidenses

Es la parte que más confusión genera, porque contradice lo que todo el mundo aprendió en 2024. Estas son las reglas que aplican hoy.

El contenido del informe

Qué se reporta cuando sí toca

Nombre legal y comerciales

El nombre legal de la empresa y todos sus nombres comerciales, «doing business as» o «trading as».

Dirección

La de su centro principal de actividad si está en Estados Unidos; si está fuera, la dirección desde la que opera en el país.

Jurisdicción de formación

El país extranjero bajo cuya ley se constituyó la entidad.

Primer estado de registro

El estado o jurisdicción tribal donde se registró por primera vez para hacer negocios en Estados Unidos.

Número fiscal

El TIN del IRS, EIN incluido. Si no tiene, el número fiscal de una jurisdicción extranjera y el nombre de esa jurisdicción.

Beneficiarios finales no estadounidenses

Persona física con control sustancial sobre la empresa o con al menos el 25% de los intereses de propiedad. Una sociedad o un fideicomiso no puede serlo.

Lo que nos cuentan

Dónde duele de verdad

«¿Tengo que reportar o no?»

La normativa cambió tres veces en dos años. Lo que leíste en 2024, lo que te dijo tu contador en 2025 y lo que aplica hoy no coinciden.

«Vi una noticia y no sé si es la última»

Circulan a la vez la regla original, la interina de 2025 y la final de agosto de 2026. Solo una está vigente.

«Me llaman para venderme el trámite»

Aparecieron muchos servicios que cobran por presentar un informe que, en la mayoría de los casos, ya no hay que presentar.

«Ya reporté. ¿Y ahora qué pasa con mis datos?»

FinCEN anunció que borrará la información de las personas estadounidenses, que han quedado exentas del régimen.

«Mi empresa es extranjera y opera aquí»

Este es el perfil que sigue obligado, y casi siempre coincide con el que acaba de sacar su Certificate of Authority.

«¿Quién cuenta como beneficiario final?»

Control sustancial o 25% de propiedad, y siempre una persona física. Con socios cruzados y sociedades intermedias, identificarlos no es trivial.

Dolor por dolor

Qué hacemos con cada uno

Cómo trabajamos esta página

Lo que afirmamos y lo que no

Esta materia ha cambiado tres veces en dos años. Por eso preferimos decir también qué no damos por sabido.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

Es el informe de beneficiarios finales —Beneficial Ownership Information— que ciertas empresas deben presentar ante FinCEN, la unidad de inteligencia financiera del Tesoro de Estados Unidos, en aplicación de la Corporate Transparency Act. Identifica a las personas físicas que poseen o controlan la empresa.
Sí, pero con un alcance mucho menor. El 11 de agosto de 2026 FinCEN publicó una regla final que elimina de forma permanente la obligación de reportar para las empresas y las personas estadounidenses. La obligación se mantiene solo para ciertas entidades extranjeras registradas para operar en Estados Unidos.
Si la LLC se constituyó en Florida, es una entidad creada en Estados Unidos y por tanto queda fuera del régimen tras la regla final. Da igual que los socios sean extranjeros: lo que determina la obligación es dónde se formó la empresa.
No para esta obligación. La definición vigente de reporting company atiende al lugar de constitución de la entidad, no a la nacionalidad ni a la residencia de sus dueños. Una entidad formada en Estados Unidos está fuera del régimen.
Solo las entidades que cumplen dos condiciones a la vez: haberse constituido bajo la ley de un país extranjero y haberse registrado para hacer negocios en un estado o jurisdicción tribal de Estados Unidos mediante una presentación ante el secretary of state u oficina similar. Y aun así, varios tipos de entidad están exentos.
Es exactamente el supuesto que hay que revisar, porque ese registro es el que convierte a una entidad extranjera en potencial reporting company. Antes de concluir nada hay que comprobar si le alcanza alguna de las exenciones previstas.
No. Las reglas vigentes eximen de reportar la información de cualquier persona estadounidense, tanto si es beneficiario final como si es company applicant. Y esas personas están además exentas de facilitar sus datos a la empresa.
Nombre legal y nombres comerciales, la dirección de su centro principal de actividad en Estados Unidos —o aquella desde la que opera aquí si su sede está fuera—, el país extranjero donde se constituyó, el primer estado o jurisdicción tribal donde se registró y su número fiscal del IRS, o el de una jurisdicción extranjera con el nombre de esta.
Una persona física que, directa o indirectamente, ejerce un control sustancial sobre la empresa o posee o controla al menos el 25% de sus intereses de propiedad. Como han de ser personas físicas, una sociedad, un fideicomiso u otra entidad no puede ser beneficiario final, aunque en supuestos concretos se admite informar de una entidad en su lugar.
Es quien presentó materialmente el documento de registro de la empresa y, si intervino más de una persona, quien dirigió o controló principalmente esa presentación. Como máximo son dos personas — y las estadounidenses están exentas de ser reportadas.
FinCEN anunció junto con la regla final que borrará de la base de datos la información aportada por personas estadounidenses, que han quedado exentas. Guarda en todo caso una copia de lo que presentaste en el expediente de la empresa.
Si eres persona estadounidense, no: la regla final te exime de actualizar o corregir lo que aportaste al solicitarlo. Si no lo eres, sí: dispones de 30 días naturales desde el cambio para actualizarlo y otros 30 desde que adviertes un dato incorrecto para corregirlo.
Depende de cuándo se registró la empresa para operar en Estados Unidos, y preferimos no publicar una fecha genérica que pueda inducir a error. Lo confirmamos contra la fuente oficial para tu caso concreto antes de comprometer nada por escrito.
Sí, el sistema de FinCEN es de acceso público y gratuito. Donde solemos aportar valor es antes: en determinar si la obligación existe, y en trazar la estructura de propiedad hasta las personas físicas cuando hay sociedades intermedias.

¿Salimos de dudas en una consulta?

Dinos dónde se constituyó tu empresa y si está registrada para operar en algún estado. Con esas dos respuestas ya sabemos si tienes obligación o no.

o llámanos al +1 305 647 3000 · Lunes a viernes
175 SW 7th St, Suite 1905 · Miami, Florida 33130

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