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Tu empresa ya existe: se creó en Delaware, en Texas, en Colombia o en España. Si va a operar en Florida, el Estado le pide registrarse aquí antes de empezar — y sin ese registro no puede ni siquiera demandar a quien le deba dinero.
Es la autorización que el Departamento de Estado de Florida concede a una empresa creada fuera del estado para que pueda hacer negocios aquí. No crea una empresa nueva ni la convierte en floridana: registra a la que ya existe para que opere legalmente en este territorio. Se le llama también foreign qualification.
Ojo con la palabra foreign: en el lenguaje de los Estatutos no significa «extranjera», significa «de fuera de Florida». Una corporación de Nueva York es tan foreign aquí como una sociedad de Bogotá.
El §607.1501(2) enumera actividades que no se consideran «transacting business» en Florida. Si lo único que haces es alguna de estas, el certificado puede no hacer falta. Preferimos decírtelo antes que venderte un trámite que no necesitas.
La lista legal es más larga y dice «entre otras». Calificar tu caso concreto es valoración legal y corresponde a un abogado con licencia: nosotros te enseñamos el artículo y tramitamos la decisión que tomes.
Es la consecuencia más dura y la que nadie ve venir: sin certificado, la empresa no puede iniciar ni mantener una acción judicial en Florida.
El de existencia solo vale si está autenticado dentro de los 90 días anteriores a la presentación. Pedirlo demasiado pronto obliga a pedirlo otra vez.
Entonces necesita una traducción jurada, con el juramento del traductor adjunto. Sin eso, la solicitud no avanza.
La ley exige designar y mantener aquí una oficina registrada y un agente registrado con dirección física en el estado.
Si el nombre no cumple los requisitos del estado, hay que adoptar un nombre alternativo para operar aquí.
Una vez autorizada, la empresa de fuera entra en el mismo calendario anual que las de Florida. Nadie suele avisar de eso.
Estos son los datos y documentos que el Departamento de Estado exige para tramitar la autorización. Para la LLC extranjera, el equivalente está en el §605.0902(1).
El nombre de la empresa y, si no cumple los requisitos de Florida, el nombre alternativo que adoptará aquí. Más la jurisdicción donde se constituyó.
Cuándo se creó la empresa y por cuánto tiempo se constituyó, según sus documentos de origen.
La oficina principal de la empresa y su dirección postal, tal como consten en su jurisdicción de origen.
Nombre y dirección física en el estado, con su aceptación escrita. No vale un apartado de correos.
Nombres y direcciones habituales de negocio de los directores y cargos actuales de la empresa.
Emitido por la autoridad que custodia los registros públicos en origen, autenticado dentro de los 90 días anteriores a la presentación.
La sanción que más duele no es una multa: es quedarte sin tribunal.
Qué tipo de entidad es, dónde se constituyó y qué va a hacer en Florida. Aquí es donde se descarta el trámite si resulta que no hace falta.
Te decimos exactamente qué pedir y cuándo, para que el certificado de existencia llegue dentro de la ventana de 90 días y traducido si procede.
Preparamos la solicitud con todos los datos del §607.1503, la aceptación del agente registrado y el nombre alternativo si hace falta.
Agente registrado activo, calendario del annual report y aviso de que cualquier cambio se presenta dentro de los 90 días (§607.1504(2)).
Oficina física en 175 SW 7th St, Suite 1905, Miami. La dirección de Florida que la solicitud exige la ponemos nosotros, con su aceptación escrita.
El error más caro de este trámite es pedir el certificado de existencia demasiado pronto. Te decimos el momento exacto.
Todo el expediente se coordina a distancia, y en español, con quien lleve la empresa en su país de origen.
Una vez autorizada, la empresa entra en el annual report y en la obligación de mantener agente registrado. Ahí es donde se pierden muchas.
Cuéntanos dónde se constituyó y qué va a hacer aquí. Lo primero que haremos es comprobar si de verdad necesitas el certificado.
o llámanos al +1 305 647 3000 · Lunes a viernes
175 SW 7th St, Suite 1905 · Miami, Florida 33130
La dirección física en Florida que la solicitud exige.
La obligación anual que empieza en cuanto te autorizan.
Si tu empresa se constituyó fuera de Estados Unidos, mira esto.
La alternativa: constituir una entidad nueva de Florida.